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Publicado el borrador de la orden ministerial de facturación electrónica. Lo que necesitas saber

El Ministerio de Hacienda ha publicado el borrador de la orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica. Un paso clave dentro del desarrollo de la factura electrónica obligatoria en España.

La Orden Ministerial era la pieza del puzzle que faltaba para entender cómo va a funcionar realmente este nuevo sistema en el día a día. Y sí, ahora ya podemos aterrizar qué implica para tu empresa.

Más detalle, pero mismo rumbo

La dirección no cambia. Seguimos avanzando hacia un sistema de factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.

Lo que hace esta orden es bajar a detalle:

Un sistema donde todas las facturas pasan por el mismo punto

Se confirma uno de los puntos clave: la solución pública de la AEAT será el eje del sistema.

Todas las facturas electrónicas deberán acabar registradas en este entorno, independientemente de la herramienta utilizada. En el caso de utilizar una solución privada, tendrás que enviar una copia fiel de cada factura a la AEAT en el momento de su emisión.

Esto implica que tus sistemas deben estar preparados para hacerlo de forma automática y sin errores.

Más control sobre lo que pasa después de la factura

Otro punto que se concreta es la gestión de los estados. A partir de ahora, habrá que informar sobre:

Esto permitirá tener una visión mucho más real de los plazos de pago entre empresas.

Más exigencia en el día a día

En este nuevo modelo de facturación:

Pequeños detalles… que en la práctica cambian bastante la operativa.

¿Qué implica esto para tu empresa?

Más allá de la norma, este nuevo sistema implica que los procesos manuales tienen cada vez menos encaje.

La necesidad de automatizar, integrar y controlar bien la información ya no es opcional.

Una oportunidad para hacerlo mejor

La solución pública permitirá cumplir con la normativa. Pero no necesariamente simplificar el trabajo.

Por eso, muchas empresas están aprovechando este momento para:

No solo para adaptarse, sino para trabajar mejor.

Fechas clave

Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026

A partir de ahí, empiezan los plazos para adaptarse. 

En resumen

No es un cambio inesperado. Es la confirmación de lo que ya veníamos viendo… pero con reglas mucho más claras.

Empieza a prepararte para el cambio con criterio.

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